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Información GeneralApertura del Registro de Mayores Contribuyentes![]() Desde el 2 y hasta el 16 de Mayo, inclusive, estará abierto el Registro de Mayores Contribuyentes. Los interesados pueden dirigirse a la Secretaria de Economía y Hacienda, Carlos Pellegrini 150, de 08:00 a 13:00 horas. Uno de los primeros compromisos de los mayores contribuyentes, de aprobarse algún proyecto en el Concejo Deliberante, sería analizar las Ordenanzas Fiscal e Impositiva. A los fines del artículo 184º, incisos 2 y 3 de la Constitución, tienen la calidad de mayores contribuyentes, los vecinos que paguen anualmente impuestos municipales que en conjunto excedan los doscientos pesos ($ 200). No podrán inscribirse: a. Los que no tengan su domicilio real y permanente en el municipio. b. El Intendente y los Concejales. c. Los incapaces, los quebrados y concursados civiles. d. Los que estén comprendidos en las inhabilidades e incompatibilidades establecidas en los artículos 6º y 7º. e. Las personas jurídicas. Dentro de los diez días siguientes el Intendente remitirá al Concejo Deliberante la nómina de los inscriptos. Si no hubiere inscriptos o su número no alcanzare al del doble de los concejales, el Intendente la integrará o completará de oficio. El Concejo Deliberante comprobará si los inscriptos reúnen las condiciones establecidas en la presente Ley y, en su caso, eliminará a quienes no la llenen. Cumplidas las disposiciones de los incisos precedentes, cada grupo político representado en el Concejo propondrá en sesión citada al efecto, un número de mayores contribuyentes, tomados de la nómina aprobada por el Cuerpo, igual al doble de concejales que integren dicho grupo político. El Presidente del Concejo, dentro de los cinco días, deberá remitir dichas listas al Intendente Municipal quien, dentro del quinto día, elegirá de cada lista un número igual al de Concejales que integrarán el respectivo grupo político proponente, integrando con ellos la lista definitiva de mayores contribuyentes. Con los restantes propuestos formará las listas de suplentes, quienes sustituirán a los titulares de las mismas en el orden que les asignará. En el supuesto de que los grupos políticos en la sesión citada al efecto no propusieren su lista o lo hicieren en número insuficiente, el Intendente Municipal la integrará o completará en su caso con contribuyentes inscriptos en la nómina aprobada por el Concejo. Ambas nóminas definitivas serán comunicadas dentro de los tres días al Concejo Deliberante.
Fuente: Noticias San Pedro Compartir en Facebook Más en esta secciónAvistamiento de un ave rapaz muy particular en Obligado Fernando Chiodini presentó su libro "Historias chicas de un pueblo grande" en la Sociedad Italiana Fósil de escuerzo milenario puede cambiar su propia fecha de extinción |
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